NO COMPRE ROBADO, HABRÁ CERO TOLERANCIA: diputados de Hidalgo reforman código penal
La LXV legislatura del congreso de Hidalgo aprobó reformas al código penal de la entidad en materia de receptación de artículos robados.
Los diputados locales aprobaron reformas a los artículos 224 Y 225 DEL CÓDIGO PENAL de la entidad los cuales quedaron como sigue:
LIBRO SEGUNDO …
TÍTULO SÉPTIMO DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO …
CAPÍTULO X RECEPTACIÓN
Artículo 224.- Al que después de la consumación de un hecho típico de carácter patrimonial y sin haber participado en éste, reciba, adquiera, posea u oculte el producto de aquél, a sabiendas de su ilegítima procedencia se le impondrán las tres cuartas partes de la punibilidad prevista para tal hecho típico.
Artículo 225.- Si el que recibió, adquirió o tuvo posesión de la cosa, no tuvo conocimiento de que su procedencia era ilegítima, por no haber tomado las precauciones indispensables para asegurarse de que la persona de quien recibió tenía derecho para disponer de ella, se aplicará la mitad de la punibilidad referida en el artículo anterior. Para los efectos del párrafo anterior, se entenderá que se adoptaron las precauciones indispensables, cuando previo a la adquisición, se cuente con la documentación que acredite la propiedad o posesión del bien y en el caso de vehículos de motor, los interesados obtengan la constancia de vehículo no robado expedida por una autoridad encargada de la procuración de justicia en el Estado o el documento equivalente expedido en otra Entidad Federativa.
Las reformas entrarán en vigencia una vez publicadas en el diario oficial del estado.

